Colaboración
Convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general
Las empresas o entidades podrán formalizar con la Fundación don Quijote un convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general a cambio de una cantidad o ayuda económica para la realización de las actividades que efectúen en cumplimiento del objeto o finalidad específica dentro de los fines de la Fundación don Quijote.
Las cantidades satisfechas o los gastos realizados tendrán la consideración de gastos deducibles para determinar la base imponible del Impuesto sobre Sociedades de la entidad colaboradora o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes de los contribuyentes que operen en territorio español mediante establecimiento permanente o el rendimiento neto de la actividad económica de los contribuyentes acogidos al régimen de estimación directa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.